En caso de no recibir su factura, acérquese a las oficinas de la EPC y solicite una copia, para realizar su pago oportuno
Su reclamación la debe realizar antes del vencimiento de la factura
Si su medidor no registra correctamente los consumos, deberá ser cambiado. Art. 145 Ley 142 de 1.994.
El artículo 140 de la Ley 142 de 1.994 contempla la suspensión del servicio por incumplimiento en el pago de la factura.
Se suspende el sello para el pago de la factura de la fecha señalada, pague en las fechas dispuestas por la E.P.C.
